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Archivan la denuncia del Ayuntamiento de Cartaya por posible malversación de un exedil

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La Fiscalía Provincial de Huelva ha decretado el archivo de diligencias de investigación sin formular denuncia contra el actual portavoz del PSOE en el Ayuntamiento de Cartaya, Alexis Landero, y dos técnicos municipales más, por estimar que no configuran un delito de malversación de caudales públicos, después de que el pasado mes de noviembre, el Ayuntamiento de la localidad, con su alcalde, el independiente Juan Polo, a la cabeza, denunciara ante la Fiscalía el posible desvío de fondos públicos, en concreto de 45.000 euros, por parte de estas tres personas.

Según reza en el escrito judicial, al que ha tenido acceso Europa Press, esta denuncia fue presentada después de que en el citado mes de noviembre el concejal de Deportes, Manuel Barroso, presentara un escrito en el que ponía de manifiesto determinadas irregularidades en la gestión de unas actividades deportivas y de unos ingresos y pagos procedentes de estas actividades en unas cuentas corrientes de las que era titular el Club Cartaya Atlético, y en las que figuraba como titulares Landero y los dos técnicos.

Tras ello, la Fiscalía abre diligencias que ahora archiva al considerar que «no se ha acreditado un enriquecimiento de los denunciados por la supuesta sustracción de fondos públicos», indicando además que «todo lo más que se aprecia es una inadecuada gestión de sus funciones dentro del Patronato Municipal de Deportes, al haber utilizado un club privado para llevar a cabo actividades que debían ser cubiertas por el Ayuntamiento», algo que a juicio del Ministerio Fiscal supondrá «cualquier otro tipo de responsabilidad a exigir por otra vía que no sea la penal, pero no se ha acreditado que haya habido actos de disposición, es decir, de apoderamientos de estos fondos».

La Fiscalía entiende a su vez que, consecuentemente, tampoco se aprecia que haya existido ánimo de lucro en los términos expuestos y sostiene además que «si no ha habido actos de apoderamiento, no habrá ánimo de lucro».

Por todo ello, considera que no se puede afirmar con la rotundidad que exige el derecho penal que se haya estado cometiendo un delito de malversación de caudales públicos por el hecho de que se utilizaran unas cuentas corrientes que «han quedado al margen de todo control municipal para realizar actividades deportivas que deberían haberse ejecutado a través del Patronato Municipal de Deportes, pero que se han realizado efectivamente sin que haya habido un apoderamiento de los fondos obtenidos para ello, sino que efectivamente se han destinado para ese fin».

No obstante, el Ministerio Fiscal remarca que cuestión distinta es que «no sea la forma correcta de actuar, sino que debería haberse realizado a través de los cauces establecidos, junto con las demás actividades deportivas y no haber eludido los controles propios municipales».

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