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Isla Cristina: El Ayuntamiento considera un "revés" la sentencia que le obliga a reponer las condiciones de sus trabajadores

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El Ayuntamiento de Isla Cristina ha tenido conocimiento, de la sentencia que anula las condiciones laborales de los trabajadores municipales, adoptadas en 2012, con el fin de no despedir a ningún empleado municipal, debido a la caída drástica de los ingresos y con un Plan de Ajuste que obliga a reducir los gastos del capítulo uno.
En este sentido, tanto la Alcaldesa isleña, María Luisa Faneca, como su socio de gobierno, el Primer Teniente de Alcalde, Francisco Zamudio, han declarado que “la sentencia supone un revés jurídico, con la cual no estamos de acuerdo, pero hay que acatarla o recurrirla, por ello hay que estudiarla detenidamente y en ello estamos, pero de una primera lectura tenemos que destacar –dice- que se deja claro en la misma que hubo negociación, de buena fe y tendente a llegar a un acuerdo; que hubo periodo de consulta; que no hubo vulneración de los derechos fundamentales, ya que no existió discriminación al aplicar la reducciones porcentuales, según grupos”. Asimismo, que “la sentencia se fundamenta en un defecto procedimental que no compartimos, pues creemos que hemos cumplido”.
Explicado esto, continúan los dirigentes isleños, “lo lamentable es que el referido defecto procedimental pueda torcer la volunta del Equipo de Gobierno, que no era otra que evitar un número importante de despidos y optar por la solidaridad del colectivo de los trabajadores, incluidos los políticos”. “Esta sentencia nos viene a poner en el mismo escenario que teníamos antes de adoptar las modificaciones sustanciales en las condiciones de trabajo y, por ello, estamos esperando que USO, que ha provocado la misma, nos diga cuales son las alternativas, razonables y viables, para resolver la situación actual, porque estamos convencidos que dicho sindicato es una formación responsable, que no quiere los despidos y en el momento que optó por recurrir ya tendría pensada la solución en caso de obtener sentencia favorable”.
Faneca y Zamudio lamentan que “con la reforma laboral es más fácil despedir que llegar a soluciones alternativas, menos duras, y para esto me remito a lo que ha explicado la Alcaldesa cuando ha aludido al ERE de la Empresa Municipal, actualmente en liquidación, por falta de actividad”.
Respecto a cuestiones económicas, ambos mandatarios creen que “hay que leer bien la sentencia para fácilmente deducir que no dice lo que dice USO en algunos medios de comunicación, la referencia a una cuantía económica es con relación a la reducción que se debe alcanzar en el Plan de Ajuste Municipal, aprobado por la administración central”.

El titular del juzgado de lo social número 2 de Huelva ha absuelto al Ayuntamiento isleño de un presunto delito de cesión ilegal de trabajadores, al quedar demostrado que no tenía vinculación con los empleados de una empresa municipal que ahora está en liquidación.
Fuentes judiciales han explicado que la sentencia considera probado que no tiene razón de ser la denuncia de tres trabajadores de EMICSA -Empresa Municipal de Isla Cristina SA-, una sociedad dedicada a todo tipo de trabajos relacionados con la construcción, a la que el Ayuntamiento aplicó un Expediente de Regulación de Empleo (ERE) hace tres años, mediante el que fueron despedidos 20 trabajadores y quedaron tres en su plantilla.

Los trabajadores que se mantuvieron en la plantilla, a la hora de liquidar sus contratos, plantearon al equipo de gobierno que sus indemnizaciones se tendrían que calcular en base a su presunta relación laboral con el Ayuntamiento, y no con la empresa, al entender que al ser una empresa municipal tenían vinculación directa con el Consistorio.

Así, presentaron una demanda por cesión ilegal de trabajadores, y reclamaban que pasar a formar parte de la plantilla del Ayuntamiento, lo que ha sido negado por el juez, que señala en la sentencia que todo el proceso de liquidación de la empresa y del ERE se ha hecho conforme a la Ley.
En el juicio, el Ayuntamiento defendió que EMICSA era una sociedad anónima con capital municipal, pero privada en su totalidad en la gestión, y que los demandantes no trabajaron en ningún momento para el Ayuntamiento, a pesar e que ellos alegaban que existía una relación laboral porque se trataba de una cesión de trabajadores.
El juez, sin embargo, sostiene en la sentencia que la indemnización que deben recibir los trabajadores despedidos tiene que salir de la empresa, y nunca directamente de las arcas municipales.

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