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Las terrazas no pagarán tasas en Palos de la Frontera

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El Ayuntamiento de Palos de la Frontera ha enviado a la Diputación Provincial para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia la “ordenanza municipal de ocupación de la vía pública con terrazas y otras instalaciones”.

Esta norma regula un uso que hasta el momento carecía de una legislación local de referencia siendo el único criterio de los establecimientos el de la necesidad propia. Por eso el Ayuntamiento ha considerado oportuno ordenar el aprovechamiento de terrenos de dominio púbico municipal, como aceras y plazas, por parte de los establecimientos de hostelería o restauración mediante la instalación de terrazas.

Según el alcalde, Carmelo Romero, la intención del Gobierno es por un lado salvaguardar siempre el interés general de los vecinos y el decoro de la ciudad y por otro dar forma a un asunto que estaba desordenado pero sin causar prejuicio al empresariado local. Este interés ha hecho que redactemos y aprobemos una ordenanza sin tasas, es decir, le diremos a los hosteleros qué pueden hacer y qué no pero no les cobraremos nada por usar esos espacios públicos", explicaba el primer edil.

Sabemos que el resto de municipios se aprovechan de la legislación para "hacer caja con este asunto", le ley los faculta, pero nosotros ni tenemos necesidad ni tenemos ese animo. Para nosotros es fundamental apoyar y ayudar a los negocios de Palos y desde luego nada más lejos de nuestra intención que "poner piedras en el camino", sobre todo teniendo en cuenta los momentos actuales, comentaba el Alcalde.

La ordenanza se aprobó en el último pleno del pasado mes de abril. El texto recoge que las autorizaciones se otorgarán atendiendo a criterios de compatibilidad entre el uso público común y el especial; por plazo de un año y requerirán informe de los servicios técnicos municipales.

Los restaurantes, cafés, cafeterías, cervecerías, tascas, bares y, excepcionalmente, quioscos, que estén interesados en montar sus terrazas tendrán que solicitarlo con una antelación mínima de un mes y deberán presentar cierta documentación. En cuanto a las terrazas que ya están instaladas la norma contempla la actuación de los servicios municipales para promover la uniformidad con objeto de diseñar un estándar de embellecimiento y ornato en el entorno urbano.

Los horarios previstos son de lunes a jueves de nueve de la mañana a una y media de la madrugada y; los viernes, sábados, y vísperas de festivos se amplia en media hora más la hora de cierre. De todas formas en este punto la norma deja la puerta abierta a un posible desarrollo posterior. Como periodos de ocupación se establecen dos: temporada anual y temporada primavera-verano. En cuanto a plazas y espacios singulares el documento es más restrictivo. Y cuando la instalación pueda afectar a BIC los servicios técnicos fijarán medidas correctoras.

Los hosteleros tendrán entre otras, la obligación de mantener las terrazas en las debidas condiciones de limpieza, higiene, seguridad y ornato. Y se prohíbe la instalación de cualquier máquina comercial en las terrazas y la exhibición de publicidad en el mobiliario de las mismas. También queda regulado la tipología de mesas, y su distribución, los toldos, los parasoles y las sombrillas.

Se gradúan las infracciones en leves, graves y muy graves y se especifican las sanciones pecuniarias correspondientes en cada caso.
Una vez que la norma se publica será aplicable y además de un buen uso de los espacios públicos por parte de todos las terrazas de Palos empezarán a ser mucho más armónicas dando una estética más decorosa a la ciudad.

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