Bajo la promesa de «no dejar a nadie atrás» el Consejo de Ministros ha aprobado una serie de medidas para que autónomos y empresas puedan aplazar el pago de las cuotas de la Seguridad Social durante seis meses sin intereses ante el parón económico por el coronavirus.
Sin embargo, la letra pequeña del Real Decreto ley ya publicado en el BOE revela una sorpresa desagradable para los trabajadores por cuenta propia: la cuota de abril de los autónomos no se podrá aplazar.
La moratoria afecta al pago de cuotas cuyo período de devengo, en el caso de las empresas esté comprendido entre los meses de abril y junio. Pero en autónomos las fechas son distintas: entre mayo y julio de 2020, excluyendo a las actividades que no se hayan suspendido con ocasión del estado de alarma de 14 de marzo.
La moratoria para autónomos no gusta a la Junta, que la considera insuficiente. Así lo señalaba el vicepresidente del Gobierno andaluz, Juan Marín, en el programa Vozpópuli.
Para poder acceder a esas moratorias deberá comunicarse dicha intención en los diez primeros días de los plazos normales de ingreso. La concesión o no se conocerá en un plazo máximo de tres meses, que es el tiempo que se da a la Seguridad Social para responder a la solicitud.